{"id":394,"date":"2020-06-15T14:53:00","date_gmt":"2020-06-15T12:53:00","guid":{"rendered":"https:\/\/sociedadcivilenred.org.ar\/?p=394"},"modified":"2024-01-25T22:23:47","modified_gmt":"2024-01-25T21:23:47","slug":"informacion-importante-avances-en-normativas-para-osc","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sociedadcivilenred.org.ar\/index.php\/2020\/06\/15\/informacion-importante-avances-en-normativas-para-osc\/","title":{"rendered":"INFORMACI\u00d3N IMPORTANTE: Avances en normativas para OSC"},"content":{"rendered":"\n<p>Estos son los avances que se obtuvieron desde el mes de febrero al d\u00eda de hoy en la adecuaci\u00f3n de normativas que nos regulan. Estos logros son el reflejo del trabajo conjunto de la sociedad civil y contribuir\u00e1n a facilitar nuestra labor.<\/p>\n\n\n\n<p>A\u00fan queda un gran camino por recorrer para mejorar nuestras condiciones de funcionamiento y para fortalecer el sector. Por eso, \u00a1te invitamos a seguir trabajando articuladamente!<\/p>\n\n\n\n<p>A NIVEL NACIONAL REDUCCI\u00d3N DE LA CUOTA DE CONTRIBUCIONES PATRONALES Desde Sociedad Civil en Red solicitamos que se hicieran extensivos los beneficios en relaci\u00f3n a las deudas impositivas y previsionales que les fueron otorgados a las MIPYMES en el marco de la emergencia. Gracias a estos esfuerzos y a mucho trabajo por parte del sector, el 28 de abril, en la Resoluci\u00f3n General 4706\/2020 la AFIP estableci\u00f3 que las Asociaciones y Fundaciones podr\u00e1n solicitar la cuota reducida (18%) de contribuciones patronales.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Para acceder a este beneficio es necesario cumplir con una serie de requisitos que se detallan en el bolet\u00edn oficial. Click aqu\u00ed<\/p>\n\n\n\n<p>A NIVEL JURISDICCIONAL<\/p>\n\n\n\n<p><br>CIUDAD AUT\u00d3NOMA DE BUENOS AIRES SIMPLIFICACI\u00d3N DE TR\u00c1MITES DE INSCRIPCI\u00d3N El mi\u00e9rcoles 19 de febrero se public\u00f3 en el Bolet\u00edn Oficial la Resoluci\u00f3n 1\/2020 de la Inspecci\u00f3n General de Justicia de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, que contiene una disposici\u00f3n muy importante para las Organizaciones de la Sociedad Civil: esta normativa simplifica los tr\u00e1mites de inscripci\u00f3n de las Asociaciones Civiles que tengan como objeto principal la promoci\u00f3n y atenci\u00f3n de derechos de personas y grupos m\u00e1s vulnerables de nuestra sociedad, eximi\u00e9ndolas de la escritura p\u00fablica y otros costos.<br>Este es un gran avance en consonancia con los cambios que solicitamos al organismo en distintas presentaciones desde Sociedad Civil en Red.<br><br>Utilizaci\u00f3n de plataformas digitales para las reuniones a distancia de los \u00f3rganos de Administraci\u00f3n o Gobierno.<\/p>\n\n\n\n<p><br>El 26 de marzo la Inspecci\u00f3n General de Justicia dict\u00f3 la Resoluci\u00f3n 11\/20 en la que incorpora la utilizaci\u00f3n de medios o plataformas digitales para las reuniones a distancia de los \u00f3rganos de Administraci\u00f3n o Gobierno de las OSC, previsi\u00f3n que deber\u00e1 ser contemplada en sus estatutos sociales.<br>Adem\u00e1s, estableci\u00f3 con car\u00e1cter excepcional que mientras duren las medidas de emergencia sanitaria se podr\u00e1n utilizar estas plataformas aunque no est\u00e9 contemplado en sus estatutos sociales.<br>Le\u00e9 la Resoluci\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PROVINCIA DE BUENOS AIRES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><br>Pr\u00f3rroga de presentaciones de documentaci\u00f3n post asamblearia y certificados de vigencia en la emergencia.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Por su parte, la Direcci\u00f3n Provincial de Personas Jur\u00eddicas dict\u00f3 el 13 de Marzo la disposici\u00f3n 12\/2020 en la que contempla la modalidad de funcionamiento del organismo durante las medidas de aislamiento social y voluntario decretadas por el Poder Ejecutivo Nacional y una pr\u00f3rroga de 180 d\u00edas para la presentaci\u00f3n de documentaci\u00f3n post asamblearia respecto de actos de car\u00e1cter ordinario y el mismo plazo de pr\u00f3rroga para la validez de los certificados de vigencia.<br><a href=\"http:\/\/Le\u00e9 la disposici\u00f3n.\">Le\u00e9 la disposici\u00f3n.<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Estos son los avances que se obtuvieron desde el mes de febrero al d\u00eda de hoy en la adecuaci\u00f3n de normativas que nos regulan. Estos logros son el reflejo del trabajo conjunto de la sociedad civil y contribuir\u00e1n a facilitar nuestra labor. A\u00fan queda un gran camino por recorrer para mejorar nuestras condiciones de funcionamiento y para fortalecer el sector. Por eso, \u00a1te invitamos a seguir trabajando articuladamente! A NIVEL NACIONAL REDUCCI\u00d3N DE LA CUOTA DE CONTRIBUCIONES PATRONALES Desde Sociedad Civil en Red solicitamos que se hicieran extensivos los beneficios en relaci\u00f3n a las deudas impositivas y previsionales que les fueron otorgados a las MIPYMES en el marco de la emergencia. Gracias a estos esfuerzos y a mucho trabajo por parte del sector, el 28 de abril, en la Resoluci\u00f3n General 4706\/2020 la AFIP estableci\u00f3 que las Asociaciones y Fundaciones podr\u00e1n solicitar la cuota reducida (18%) de contribuciones patronales. Para acceder a este beneficio es necesario cumplir con una serie de requisitos que se detallan en el bolet\u00edn oficial. Click aqu\u00ed A NIVEL JURISDICCIONAL CIUDAD AUT\u00d3NOMA DE BUENOS AIRES SIMPLIFICACI\u00d3N DE TR\u00c1MITES DE INSCRIPCI\u00d3N El mi\u00e9rcoles 19 de febrero se public\u00f3 en el Bolet\u00edn Oficial la Resoluci\u00f3n 1\/2020 de la Inspecci\u00f3n General de Justicia de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, que contiene una disposici\u00f3n muy importante para las Organizaciones de la Sociedad Civil: esta normativa simplifica los tr\u00e1mites de inscripci\u00f3n de las Asociaciones Civiles que tengan como objeto principal la promoci\u00f3n y atenci\u00f3n de derechos de personas y grupos m\u00e1s vulnerables de nuestra sociedad, eximi\u00e9ndolas de la escritura p\u00fablica y otros costos.Este es un gran avance en consonancia con los cambios que solicitamos al organismo en distintas presentaciones desde Sociedad Civil en Red. Utilizaci\u00f3n de plataformas digitales para las reuniones a distancia de los \u00f3rganos de Administraci\u00f3n o Gobierno. El 26 de marzo la Inspecci\u00f3n General de Justicia dict\u00f3 la Resoluci\u00f3n 11\/20 en la que incorpora la utilizaci\u00f3n de medios o plataformas digitales para las reuniones a distancia de los \u00f3rganos de Administraci\u00f3n o Gobierno de las OSC, previsi\u00f3n que deber\u00e1 ser contemplada en sus estatutos sociales.Adem\u00e1s, estableci\u00f3 con car\u00e1cter excepcional que mientras duren las medidas de emergencia sanitaria se podr\u00e1n utilizar estas plataformas aunque no est\u00e9 contemplado en sus estatutos sociales.Le\u00e9 la Resoluci\u00f3n PROVINCIA DE BUENOS AIRES Pr\u00f3rroga de presentaciones de documentaci\u00f3n post asamblearia y certificados de vigencia en la emergencia. 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